David Oubel, el parricida confeso de Moraña (Pontevedra), es el primer condenado en España a la pena de prisión permanente revisable tras haber aceptado todas las conclusiones del fiscal, incluida su petición de pena. Oubel se había declarado culpable del asesinato de sus dos hijas con una sierra radial y un cuchillo de cocina.
Tras poco más de hora y media de deliberaciones, el jurado acreditó que Oubel mató a sus hijas Candela y Amaia, de 9 y 4 años, usando una sierra radial eléctrica y un cuchillo de cocina, después de haberlas drogado previamente para reducir sus posibilidades de defensa.
El tribunal entendió que lo hizo, además, con alevosía como demuestran las diez veces que atacó a su hija mayor, a la que no le habían hecho efecto los sedantes que obligó a ingerir a las niñas, para evitar que se escapara. Las dos menores,detalló el jurado, estaban "indefensas" y no tuvieron posibilidad de defenderse. El veredicto fue unánime.
El juicio, que se celebró en la Audiencia de Pontevedra,estuvo marcado por la confesión de David Oubel, que reconoció ante el tribunal haber matado a sus hijas y estar "muy arrepentido", descartando además que sufriese algún tipo de trastorno mental.
La prisión permanente revisable figura en el Código Penal desde la reforma de 2015 para castigar casos de especial gravedad. Por ello se aplica en casos de terrorismo, pero también para asesinatos en los que la víctima sea menor de dieciséis años de edad o cuando se trate de una persona especialmente vulnerable por razón de su edad, enfermedad o discapacidad. También para asesinatos derivados de delitos contra la libertad sexual o por asesinatos cometidos por miembros de un grupo u organización criminal.
La prisión permanente revisable tiene una duración indeterminada, pero sujeta a revisiones: tras el cumplimiento de una parte considerable de la condena y si acredita la reinserción, el reo puede obtener la libertad condicionada a que no cometa nuevos hechos delictivos. Se trata de una norma controvertida que toda la oposición deroga, como se manifestó en una proposición no de ley aprobada en el Congreso en ese sentido.
La del parricida de Moraña es la primera sentencia en la que se aplica, pero los fiscales ya pidieron condenas en ese sentido en varios casos, en la mayoría sin éxito.
Es el caso, por ejemplo, de Francisco Morillo Suárez, por la violación y asesinato en febrero de 2016 de una mujer en el parque de María Luisa de Sevilla. La Audiencia de Sevilla optó por condenarle a 39 años de cárcel, una decisión que el Ministerio Público recurrió ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.
Tampoco prosperó la petición de prisión permanente revisable para una octogenaria acusada de matar a su marido -enfermo de cáncer de pulmón con metástasis- con una muleta en Rincón de la Victoria (Málaga) en 2015. La Audiencia de Málaga condenó a la anciana a 20 años de prisión y acordó proponer al Gobierno, a solicitud del jurado, su indulto.
Hay otros ejemplos en los que la Fiscalía o las acusaciones piden esa medida en su escrito provisional pero de los que aún no se han celebrado juicios. En el caso del cuádruple asesinato de Pioz (Guadalajara), el abogado de Walfran Campos, hermano del padre de la familia asesinada,solicitó esa medida para el acusado, Patrick Nogueira.
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